En Bolivia, el Concejo Municipal de La Paz discute actualmente el proyecto de “Ley Municipal Autonómica No. 100”, que busca crear los mecanismos para garantizar la protección de la ejecución pública de obras musicales a través del fortalecimiento del mecanismo de gestión colectiva.
El proyecto de ley municipal ha generado un importante descontento en la sociedad boliviana porque es bastante amplio en los poderes que otorga a la principal sociedad de gestión colectiva de ese país, SOBODAYCOM. El proyecto de ley parece tener un alcance muy amplio, pues, sugiere que para desarrollar cualquier actividad musical en la ciudad de La Paz en adelante se requerirá del permiso de SOBODAYCOM, que lo otorgará previo el pago de la licencia correspondiente. Al no limitar el alcance del cobro al catálogo de música que SOBODAYCOM administra, incluye los cobros de toda la música incluso aquella que tenga una licencia libre (como Creative Commons que tienen el elemento No Comercial) o que se encuentre en el dominio público. Aún más complejo es que formas colectivas de creatividad como las de los pueblos indígenas y originarios, colectivos y movimientos sociales también parecen quedar incluidos.
Es más, la norma que se discute apunta a que la administración de SOBODAYCOM se hará no solo para sus socios sino también para cualquier persona, sea o no afiliada. El proyecto incluye una excepción al exonerar del pago actividades de “índole social, educativa, deportiva, cultural y otras que no tengan un carácter y/o fin lucrativo” (art. 9). Sin embargo, dado que la autorización es obligatoria, seguramente la definición de cuándo se está en la excepción quedará en manos de la entidad colectiva, la misma que recauda.
Por su parte, SOBODAYCOM menciona que el proyecto de Ley busca brindar protección a los artistas bolivianos, a través de una adecuada recaudación de regalías por cualquier ejecución pública de sus obras. Sin embargo, organizaciones de autores y artistas locales rechazan que la Autorización Municipal de que habla la ley como requisito para la ejecución pública al parecer deberá cumplirse siempre, aún en aquellos casos en los cuales se trata de la ejecución musical de obras que se encuentren en el dominio público o que cuenten con licenciamientos alternativos y autogestionados. La discusión ha supuesto, además, que se plantee el caso particular de Bolivia, un país con una riqueza cultural y folclórica inmensa, en el que se discute la forma de aplicación de normas legales con amplia raigambre europea. Así, resulta incomprensible que la tradición y patrimonio inmaterial que conforma su idiosincrasia y cultura no sea considerada al momento de legislar.
El mecanismo de gestión colectiva es importante y clave en el fortalecimiento de los ingresos de los autores y artistas. Sin embargo, una implementación que no considere los diferentes matices del sector y los balances y equilibrios del entorno creativo y cultural puede generar más problemas que beneficios.
Aparentemente, el pasado 15 de octubre el inconformismo logró detener el proceso hasta tanto no haya un consenso entre los diferentes actores.
* Nos llama la atención el Manifiesto Colectivo de varios artistas bolivianos, quienes expresan su inconformidad con el contenido del proyecto de ley. Visite el Manifiesto para conocerlo más y firmar la petición.
Imagen de Gatol Fotografía CC BY SA