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1/21 Estamos participando en La Conferencia Ministerial de Economía Digital de la @OCDE. Nuestra directora @CaroBotero fue ponente en “Combatting missinformation and disinformation online” Va hilo con un resumen de su intervención.
2/21 Aunque antes se veía como algo positivo que internet permitiera darle voz a todo el mundo,actualmente, los problemas que antes existian en el espacio público también han colonizado el espacio digital: la violencia, discursos de odio, discriminación, la desinformación, etc.
3/21 Sin embargo, esos problemas son contextuales y deben ser abordados desde diferentes factores: leyes vigentes, principios democráticos, la historia, el contexto cultural, entre otros.
4/21 De hecho, recientemente, se han desarrollado cientos de proyectos de ley en todo el mundo para regular las RRSS y los proveedores de internet.
5/21 Aunque esos intentos regulatorios pretenden atender aquellos problemas “legales pero dañinos” que hemos mencionado previamente, la mayoría son cuestionables en cuanto a la libertad de expresión.
6/21 Es un hecho que el contenido legalmente definido como prohibido no puede circular en internet y debe ser controlado y evitado sin importar qué tan complicado sea hacerlo.
7/21 Pero la discusión actual no es sobre las líneas rojas del contenido ilegal, sino sobre la zona gris de los contenidos que siendo legales se están considerando problemáticos.
8/21 Precisamente, la desinformación está en esa zona gris y lo cierto es que la tendencia regulatoria implica una cierta renegociación de los límites legítimos a la libertad de expresión.
9/21 Las nuevas regulaciones darán forma al espacio público digital de manera diferente a la forma que hoy tiene el espacio público físico y ello acarrea asimetrías regionales que deben ser abordadas por organizaciones, políticxs y tomadorx de decisión, como la @ocdeenespanol
10/21 El problema central de este tema es que el contrato social que impide la distribución de contenidos ilegales es incompatible con el concepto “legal pero dañino”. Ese concepto carece de la claridad necesaria para definir qué está permitido y qué no.
11/21 Además, los reguladores utilizan definiciones abiertas que pueden ser muy problemáticas. Otorgar poderes para decidir sobre la circulación de contenido “legal pero dañino” puede dar lugar a interpretaciones abusivas por parte de las autoridades.
12/21 También puede hacer que las empresas estén legalmente obligadas a tomar medidas contra esos contenidos que están permitidos por la leyes.
13/21 La desinformación no es necesariamente contenido categorizado como ilegal y este no puede ser restringido en el marco de los derechos humanos internacionales, simplemente por la base de su naturaleza falsa.
14/21 Puede que los países del norte global consideren que este es un tema sobre el cual ya se ha discutido lo suficiente, pero no es así. A pesar de los avances regulatorios en la Unión Europea, por ejemplo, esta situación no es igual en todo el mundo.
15/21 Estos temas aún deben discutirse en otros países con contextos culturales, sociales y económicos diferentes; al igual que los antecedentes legales y las capacidades de jurisdicción, lo que genera un asimetría en la madurez de la discusión.
16/21 La tendencia regulatoria actual puede hacer que en regiones con menos capacidad de garantizar y supervisar los DDHH, sean las plataformas las que determinen qué es “legal pero dañino” bajo las reglas del norte global y no bajo las de las regiones.
17/21 Lo anterior crea un incentivo al control y monitoreo constante sobre los contenidos.
18/21 Que la regulación de contenidos se haga únicamente con base en las reglas del norte definitivamente produce problemas de libertad de expresión y privacidad en un mundo asimétrico.
19/21 Consideramos que una manera eficaz de tratar los contenidos problemáticos es que estos sean abordados teniendo en cuenta a los Estados como actores y así se contribuya a crear mejores prácticas de regulación siempre y cuando las personas estén en el centro de estas.
20/21 Creemos que para garantizar que tengamos las habilidades para lidiar con el contenido digital, debemos continuar debatiendo cuál es el nuevo contrato social ya que este mueve los límites de la libertad de expresión en el entorno digital.
21/21 Animamos a todos y todas a definir esos límites, y que de esta manera, podamos asegurarnos de que las sanciones, la supervisión y la reparación tengan el espacio adecuado en las regulaciones respetando siempre los matices regionales y locales.
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