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En 2025 los ataques con drones adecuados con explosivos se han convertido en un desafío importante para la seguridad pública en Colombia. Mientras que en 2024 se registraron 115 ataques, para mayo de este año se habían representado 180 casos. Un aumento de más un cincuenta y uno por ciento (51%). 

El impacto es tan grande que algunos analistas afirman que esta tecnología está cambiando las dinámicas del conflicto, permitiendo a los grupos al margen de la ley poder adquirir la capacidad de realizar ataques desde el aire con alto nivel de precisión y aumentando considerablemente su control en los territorios

El reto que suponen los drones para la seguridad de los Estados es un problema global. Al ser una tecnología de fácil acceso y uso, bajo costo y difícil de detectar y contrarrestar, los vehículos aéreos no tripulados (UAS, por las siglas en inglés, o drones) se han convertido en una de las herramientas militares de mayor auge en conflictos como los de Ucrania y Palestina

Ante este panorama, el Ministerio de Defensa colombiano optó por una doble medida de respuesta. Por un lado, está invirtiendo en equipos anti drones y en capacitaciones a la fuerza pública para detectar y contrarrestar estos dispositivos y, por el otro, en un proyecto de ley que regule el mercado nacional de drones.

Los dos proyectos de ley sobre drones

Actualmente, existen dos proyectos de ley que buscan regular el uso de drones en Colombia, uno es del Partido Liberal y otro es el del Ministerio de Defensa.

El primero de ellos es el proyecto de Ley 073 de 2025 Cámara, del Representante Germán Rozo del Partido Liberal. En este se propone registrar en el Sistema de Registro de Aeronaves No Tripuladas todos los nuevos drones que se vendan en el país, al momento de su compra. La empresa o persona que haga la venta debe asegurarse de que este registro se haga antes de entregar el equipo al comprador. Esto con el fin de facilitar el control e identificación de los drones. 

El mismo proyecto de ley también señala que los drones que se importen para la venta deberán cumplir con las normas y requisitos de seguridad establecidos por el Ministerio de Comercio, la SIC y la DIAN. Cada entidad regulará el uso seguro de los drones dentro de su competencia, siendo la Aeronáutica Civil la autoridad responsable de administrar y controlar el espacio aéreo del país. 

De igual forma, el proyecto incluye una prohibición del registro de drones con «característica o capacidad de índole militar» (Art.8).De forma tal, los civiles no podrán adquirir drones militares. Adicionalmente, se establece que los drones destinados a operaciones con fines militares, de defensa o seguridad del Estado, no están sujetos a registro ni requieren certificados de piloto de dron. Excluyendo de cualquier tipo de control a las Fuerzas Armadas.

El segundo proyecto es el 75/25 senado, presentado con mensaje de urgencia por el Ministerio de Defensa. Este es mucho más directo en su intención de regular el mercado de los drones, imponiendo reglas en materia de importación, fabricación, comercialización,adquisición, registro, uso, tenencia, porte, transporte, vigilancia y control. 

Si bien la iniciativa del Ministerio asigna estas tareas (como la revisión de exportaciones o fabricación de drones) a distintas entidades del Gobierno según su competencias legales, reserva para sí la potestad de ejercer funciones de «supervisión, control y vigilancia», lo que crea una doble burocracia. 

El proyecto de los militares también propone modificar el Código de Policía y Penal, con el fin de incorporar nuevas infracciones y establecer agravantes en el delito de terrorismo relacionados con el uso de drones.Al igual que el proyecto del Partido Liberal, el del ministerio omite, de manera injustificada, cualquier tipo de control sobre los usos que de las Fuerzas Armadas a estas tecnologías. 

Por último, si bien ambos proyectos se remiten a la regulación sobre drones vigente en Colombia, la del Ministerio de Defensa superpone su autoridad a la de la Aeronáutica Civil, mientras que la del Partido Liberal, al ser concertada con esta autoridad, hace una integración más adecuada. 

Esta diferencia es importante, pues contrario a la creencia generalizada, el problema de los atentados con drones no se genera en la ausencia de una regulación general sobre el uso de drones, sino en los cambios producidos por esta tecnología en un conflicto armado de más de sesenta años y a la falta de una norma que regule los drones de combate.

La militarización de los drones

De los dos proyectos, el del Ministerio de Defensa es el más problemático y el que tiene más posibilidades de ser aprobado, pues cuenta con el apoyo del Gobierno. Son varias las críticas que se le pueden hacer. Por un lado, el proyecto supone que los drones que usan los grupos armados son comprados de forma legal, ya sea en almacenes especializados o a través de plataformas como Amazon. Pero ni en la sustentación del proyecto ni en las declaraciones públicas del Ministerio de Defensa se han mostrado cifras o pruebas de que sea así. Simplemente, se repiten datos sobre el aumento de la cantidad de drones en el país. Un número que no distingue quién los compra ni para qué los usa. 

Si bien es cierto que es posible adquirir drones por internet sin dejar un rastro fácilmente controlable, no se debe suponer que este es el principal medio por el que grupos armados los adquieren. Por el contrario, expertos señalan que los grupos armados adquieren y se entrenan en uso de drones en Venezuela y Ecuador. La regulación del mercado nacional como una de las principales medidas de defensa no será efectiva, pues es probable que los grupos armados seguirán adquiriendo tecnología en países vecinos y trayéndolos al país de contrabando. 

La regulación tampoco tiene en cuenta que los drones pueden ser fabricados con Impresoras 3D, una tecnología con la que ya cuentan los grupos armados. Por lo tanto, aunque se regule el mercado de drones, las disidencias, el ELN y las bandas criminales podrán seguir construyendo sus propios equipos. 

Adicionalmente, el Ministerio de Defensa está reproduciendo una regulación y enfoque de países como Estados Unidos, olvidando que el contexto colombiano es muy diferente. Las regulaciones sobre drones en el norte global se enfocan en proteger la intimidad de la ciudadanía y reforzar su seguridad nacional. En cambio, en Colombia, se pretende crear una ley que responda al uso de drones por parte de grupos armados.

El crimen organizado ya comete un sin número delitos como narcotráfico, concierto para delinquir, porte de armas o uso de explosivos, así que un agravante penal o una infracción de policía por usar drones no será disuasorio. Además, si se trata de controlar la adquisición de elementos o tecnologías dañinas, el Ministerio de Defensa no puede olvidar que en un atentado lo realmente peligroso no es el dron, sino los explosivos. 

En ese sentido, el proyecto de ley parte de una premisa equivocada: los drones son una tecnología militar. Los drones, como casi todas las tecnologías modernas, tienen aplicaciones duales. Es decir, pueden servir para actividades civiles (como agricultura, cartografía o la producción cinematográfica) y tener aplicaciones militares. Lastimosamente, el proyecto de ley regula los drones como si fueran armas de fuego y no diferencia de aplicaciones civiles de esta tecnología. De ser aprobado, el uso de drones en actividades legales sí será desincentivando debido al aumento de la burocracia y los sobre costos. 

El Ministerio de Defensa pretende resolver el problema de los ataques con drones como si se tratara de un asunto de mercado, al asignarse como la máxima autoridad en la materia, incluso por encima de la Aeronáutica Civil., y adjudicándose la capacidad de determinar qué, quiénes y para qué pueden comprar y usar drones. 

El problema con esta medida, más allá de las consideraciones sobre el libre mercado, es que olvida que los drones no son un problema en sí mismos, sino que son una nueva herramienta usada en el conflicto interno por parte de grupos armados. Que los militares controlen el millonario mercado de una tecnología en auge no va a resolver las dinámicas de violencia en Colombia. Simplemente va a extender el poder y control de las Fuerzas Armadas sobre una tecnología dual y en detrimento de los civiles.

Finalmente, la regulación del Ministerio omite cualquier tipo de control a los drones en poder de la Fuerza Pública. Si los casos de abusos con drones por parte del Estado aún no son una prioridad en Colombia, los usos que le dan a esta tecnología estados como Rusia o Israel si hacen necesario plantear ciertos límites para los militares.

En los conflictos modernos, incluido el colombiano, la sociedad civil se ha convertido con frecuencia en blanco principal. Es necesario entonces que, ante una tecnología con aplicaciones bélicas, se cree una regulación que proteja a la sociedad civil de los grupos criminales, pero también de los posibles abusos por parte del Estado. Los drones, como las demás herramientas usadas para la guerra, están bajo el mandato del DIH y es menester que el Estado comience a pensar cuál es la forma más eficiente de adaptar la tecnología a los estándares de derechos humanos.

A modo de cierre

Las tecnologías duales representan un nuevo reto regulatorio y para la garantía de los derechos humanos en todo el mundo. Ejemplo de ellos son las tecnologías comerciales adaptadas al combate (drones o IA) o la infraestructura civil, bases de datos de Amazon, Google o Meta, usada con fines militares. En ambos casos, ya sea por los usos duales o por las afectaciones a civiles, la línea que separa combatientes de no combatientes es cada vez más difícil de trazar.

El proyecto de ley sobre drones del Ministerio de Defensa no reconoce estos dispositivos como una tecnología dual. Por el contrario, intenta regular su mercado y disuadir su uso como si se tratara de armas y, en parte, ignora la regulación precisa y detallada que ya existe sobre el uso de drones en Colombia. 

Esta estrategia para evitar ataques con drones por parte de los grupos armados afronta serios desafíos, incluso desde el papel: los grupos ilegales pueden fabricar sus propios drones o adquirirlos a través del contrabando. Además, los controles ministeriales y militares podrían desincentivar el uso legal de drones por parte de civiles. 

Más allá de eso, el proyecto de ley no considera un marco que garantice la protección de la sociedad civil respecto del empleo de drones por parte de la Fuerzas Armadas, ni crea mecanismos concretos de auditoría y supervisión. 

Si bien no existe una única respuesta sobre cómo pensar, regular y usar los drones en contextos de conflicto, no es acertado pretender resolver el problema con leyes prohibitivas. El Ministerio no debe responder sólo a un tipo concreto de ataque de forma reactiva, sino diseñar un mecanismo abierto que permita el diálogo con personas expertas y otras entidades del gobierno, que reconozca los usos duales de las tecnologías, considere el contexto del conflicto armado interno y sea capaz de evaluar futuras amenazas (como lo pueden ser los drones con fibra óptica o los enjambres). Solo así será posible brindar una respuesta conjunta del Estado a las actuales amenazas de seguridad y a los futuros desafíos.


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