Por Pilar Sáenz y Ann Spanger
La primera pregunta que surge al mirar el fallido sistema de videovigilancia inteligente (biométrico) en Transmilenio es: ¿por qué es necesario hablar de un caso que, finalmente, no sucedió? Es cierto que el sistema de cámaras que el Distrito pretendió poner en marcha en el sistema de transporte masivo de Bogotá, Transmilenio, no pasó de ser un tenebroso prospecto de cómo la institucionalidad en Colombia está proyectando un eventual uso de herramientas tecnológicas para la vigilancia masiva.
Aunque se avanzó hasta la instalación y realización de pruebas de la totalidad del sistema, invirtiendo un presupuesto nada despreciable, este sistema de cámaras de vigilancia, hasta donde sabemos, no entró en operación por las trabas derivadas de la creación, gestión y manejo de una base de datos con la que se haría el cotejo de la información recolectada por las cámaras ubicadas en las estaciones de Transmilenio. Sin embargo, aun cuando el sistema nunca haya entrado en funcionamiento, sí se trata de un proyecto paradigmático de cómo se concibe la utilización de tecnologías de vigilancia y sistemas de identificación biométrica, donde las consideraciones principales son técnicas y no se realizan estudios de impacto, necesidad y proporcionalidad o posibles afectaciones al ejercicio de derechos humanos. La realidad es que hay planes de implementar nuevos sistemas de vigilancia con las características del que se había pensado para Transmilenio y por eso también es fundamental analizarlo.
Entre defensores de derechos humanos y algunos sectores de la ciudadanía resulta, además, un motivo de preocupación y alerta que, para el diseño y puesta en marcha de este tipo de sistemas, no se tomen en cuenta las perspectivas de quienes podrían resultar afectados ni los argumentos de los sectores que tienen una mirada crítica. El diseño de políticas públicas, cuando se implementan sistemas de videovigilancia de semejantes dimensiones y características, no puede pasar por alto las graves afectaciones que podrían tener para los derechos de las personas.
Así, este documento tiene varios propósitos: por un lado, dar una perspectiva sobre el uso del reconocimiento facial en sistemas de videovigilancia (y, de paso, mostrar los puntos críticos de la utilización de cámaras de vigilancia en general); y, por otro, mostrar los fallos que se evidencian en el diseño e implementación de este tipo de proyectos, concretamente en el sistema de transporte masivo de Bogotá.
El análisis que se presenta se basa en la información pública disponible tanto en las páginas web de las instituciones involucradas en la implementación de este proyecto (Fondo de Vigilancia y Seguridad, la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, EMTEL), como en los medios de comunicación y otras entidades.
Si bien el Estado tiene la facultad de usar la vigilancia para evitar crímenes y proteger la seguridad nacional, sigue siendo una facultad excepcional por su posible afectación a los derechos humanos. Uno de los mecanismos que busca evitar los abusos de esta facultad es el fomento de la transparencia que obliga a las autoridades a informar sobre los objetivos, características y mecanismos de protección que garanticen el respeto a los derechos humanos. Por tanto, creemos que este tipo de investigaciones también contribuyen a la búsqueda de transparencia en las decisiones asociadas a políticas públicas.
El ejercicio de investigación que se materializa en este documento busca también establecer qué tanto puede una persona interesada saber sobre el diseño del sistema de videovigilancia de Transmilenio y su atención a los derechos humanos indagando en la información pública.
En suma, este es el relato de un costosísimo proyecto que nunca vio la luz y lo que deberíamos aprender de él.
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