Democratización del Conocimiento y la Cultura
Por: María José Parra y Viviana Rangel
Las bibliotecas, museos y archivos son entidades importantes para la provisión de servicios culturales a lo largo y ancho del país. Sus funciones de preservación, acceso y difusión de obras importantes del acervo cultural del país se relacionan con la garantía de derechos culturales en Colombia. No obstante, la normativa que protege sus actividades se intersecciona de manera constante con otras legislaciones como la del derecho de autor que, en muchas ocasiones, se convierte en un elemento obstaculizador más que como potenciador de sus funciones dentro del sistema nacional de cultura.
En el marco del IX Ciclo de Derecho de Autor en Bibliotecas, la Fundación Karisma y otros miembros de la Alianza de la Sociedad Civil Latinoamericana para el Acceso Justo al Conocimiento (A2K Latam) participaron de conversaciones relevantes sobre la Reforma al Derecho de Autor en Colombia en función de proteger y garantizar el ejercicio y cumplimiento de la misión de instituciones como las bibliotecas, los museos y archivos en el país. Dentro de las conversaciones realizadas se resaltaron temas como el Tratado de Marrakech, las excepciones y limitaciones al derecho de autor en entornos digitales, la preservación digital y el uso transfronterizo de obras para la investigación científica.
A continuación presentamos los debates más relevantes que se dieron en cada uno de los temas tratados durante el ciclo:
Tratado de Marrakech
En el primer día del ciclo, en cabeza de Datysoc, organización miembro de la A2K Latam, se revisó la experiencia Uruguaya en el proceso de inclusión del Tratado de Marrakech en la normativa nacional del derecho de autor. Además de que se contrastó la misma con la experiencia propia colombiana. Pero, ¿qué concluyeron las personas expertas que participaron del panel sobre la normativa en materia de excepciones y limitaciones al derecho de autor para personas con algún tipo de discapacidad?
Una de las primeras conclusiones a las que llegaron las participantes del panel, es que de manera comparativa, Colombia hoy tiene una normativa relacionada con excepciones al derecho de autor para personas con discapacidad que resulta en ciertos términos garante en materia de derechos humanos, puesto que excede determinados límites de los propuesto por el Tratado de Marrakech. Resulta bastante destacable el hecho de que el desarrollo normativo colombiano en la materia, se preocupe más por el beneficiario que por poner un enfoque en los derechos de autor.
Entre los puntos resaltables en comparación con Uruguay se encuentran: (a) la posibilidad de que cualquier persona, mas no sólo entidades específicas o autorizadas, realice alguna adaptación de una obra para garantizar derechos; (b) el enfoque en derechos de las personas de discapacidad en línea con la Convención de Derechos de Personas con Discapacidad (CDPD); y (c) la inclusión de un apartado que establece una responsabilidad presupuestal para las entidades públicas y territoriales en línea con la excepción.
Empero, aún queda por resolver que las excepciones están pensadas para personas beneficiarias muy específicas: personas con discapacidad visual, es decir, personas ciegas o con baja visión. Esta especificidad tan delimitada en relación con las personas beneficiarias reduce el alcance de las excepciones y deja afuera a personas usuarias que deberían ser consideradas al formar parte del universo de personas con problemas de acceso al texto impreso. Es decir, una modificación que se podría considerar necesaria en la normativa, es aquella que consiga la inclusión de más tipos de discapacidades, incluso más allá de lo que propone el mismo Tratado de Marrakech que considera personas con dificultades de acceso a texto impreso.
Otro punto importante, es el préstamo internacional entre bibliotecas por motivos de garantizar el acceso a determinadas obras que son creadas por otras instituciones o iniciativas fuera del territorio nacional y que podrían abaratar costos, garantizar el acceso a la información y el conocimiento. De acuerdo con la experta, este es un asunto que no ha sido regulado por ninguna de las dos legislaciones latinoamericanas y podría ser unos de los puntos a revisar para conseguir ampliar el alcance de las excepciones para personas con discapacidad.
A saber, desde la experiencia uruguaya se exploraron convenios con bibliotecas en España para intercambiar materiales y se logró ampliar la oferta de materiales accesibles mediante esta cooperación interinstitucional mediante intercambios transfronterizos, por lo que cabría explorar en Colombia las ventajas de permitir estos usos y los mecanismos legislativos mediante los cuales se puede mejorar las condiciones para que la bibliotecas puedan acceder a este tipo de materiales que ya han sido creados en otros países.
Otras recomendaciones adicionales sobre la reforma a la legislación en materia de acceso a personas con discapacidad, fueron: (a) reconocer lo imperativo de establecer dentro de las normativas también los mecanismos de financiación de los programas y planes para la aplicación del Tratado de Marrakech; y (b) lo importante que es la creación de un registro nacional de obras transformadas a formatos más accesibles.
Según la experta, en Colombia existe normatividad sobre la responsabilidad de financiación de acciones en pro de las personas usuarias con discapacidad, pero no se han establecido los mecanismos mediante los cuales se garantizará dicha financiación. Mientras que, por el lado del registro de obras, la experta señaló que en Uruguay existe un registro nacional que es bastante beneficioso pues permite rastrear e informar sobre aquellas obras que ya han sido transformadas a formatos accesibles dentro del país y la institución que posee dicha obra. Sobre esto señaló que es importante impulsar este tipo de registros a nivel nacional para poder colaborar en aquellos esfuerzos que acercan el conocimiento y la cultura a la población con discapacidad.
Excepciones y limitaciones en entornos digitales
En línea con lo anterior, durante el primer día del ciclo de conversaciones también se trató el asunto de las excepciones y limitaciones al derecho de autor en entornos digitales. Esta conversación estuvo moderada por la Coordinadora de la Línea de la Democratización del Conocimiento y la Cultura de la Fundación Karisma y como panelistas, estuvieron presentes abogados expertos en derechos de autor, entre ellos un miembro de IBD Autoral de Brasil, organización parte de la A2K Latam. La conversación trató asuntos generales sobre las excepciones y limitaciones al derecho de autor en el siglo XXI, especialmente para bibliotecas. Ahora, ¿qué recomendaciones se hacen a los actores involucrados en el proceso de transformación legislativa?
La conversación realizada puso un énfasis especial en la necesidad de que existan excepciones y limitaciones para que las bibliotecas puedan cumplir con sus funciones misionales dentro de los sistemas culturales. A saber, las bibliotecas son instituciones que acercan a la ciudadanía a la cultura y el conocimiento y por lo tanto, instrumentos valiosos en la garantía de los derechos culturales de las personas usuarias. En este sentido, se señaló como necesario que el Estado trabaje en clarificar las excepciones y limitaciones existentes, así como procurar ampliar la flexibilidad del sistema de derecho de autor en el país.
No obstante, también se recalcó que aún con excepciones y limitaciones al derecho de autor, es importante también dialogar con los debates internacionales en la materia para reconocer casos de buenas prácticas, pero también para analizar las asimetrías existentes que afectan el desarrollo normativo de una región con la latinoamericana. Es por esto que en el marco de esta conversación también se trataron los temas relacionados con las discusiones internacionales en materia de excepciones y limitaciones. Se señaló que en escenarios internacionales como la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, es difícil concluir que exista una voluntad en pro de las personas usuarias y más bien, se ha procurado la protección de las personas titulares de derechos. Lo cual, no implica directamente la protección a personas creadoras o autoras de las obras, sino más bien a quienes mediante contratos consiguen la administración de los derechos económicos de dichas obras y quienes en la mayoría de los casos son compañías internacionales con gran poder de lobby a nivel nacional e internacional.
En este sentido también se extendieron algunas recomendaciones para la incidencia nacional en pro de los derechos de las personas usuarias. Los expertos recomendaron varias cosas para la incidencia de parte de las instituciones afectadas por las restricciones existentes:
La primera recomendación fue un llamado a explorar aquellos usos que no están considerados en la ley como ilegales pero que por falta de normativa no suelen realizarse. La propuesta apunta a realizar ejercicios exploratorios allí donde la ley no logra cubrir todos los tipos de usos o acciones, con el fin de no ralentizar procesos que no están prohibidos en la ley pero que sí suelen detenerse por falta de normatividad.
En línea con la anterior, la segunda recomendación apuntó a no poner todas las expectativas del cambio normativo en acciones del poder legislativo, sino también procurar explorar la ampliación de la normativa mediante desarrollos judiciales. De acuerdo con los expertos, esta discusión sobre las excepciones y limitaciones debe extenderse más allá del derecho de autor para poder incluir debates sobre derechos fundamentales. Por lo que, aún sin cambios legislativos aún consideran posible explorar las vías judiciales e interpretaciones constitucionales, al menos para el caso colombiano.
Una tercera recomendación es que en materia de incidencia política se planteen acciones que promuevan la ampliación de excepciones y limitaciones, pero también acciones que eviten la extensión de las restricciones ya existentes en las legislaciones actualmente vigentes. Es decir, mantener el seguimiento a aquellas iniciativas que podrían significar más restricciones y que a su vez, socavan el trabajo adelantado por las acciones en pro de las personas usuarias de bibliotecas, museos y archivos.
Como cuarta recomendación, se plantea que para la documentación de casos relevantes que podrían nutrir la presentación de motivos para ampliar las excepciones y limitaciones en una audiencia, como aquella que es obligación de la DNDA realizar, es posible revisar aquellos casos no sólo en los que los derechos de autor implican un obstáculo o daño a la actividad de las entidades de servicios culturales, sino también aquellos casos en los que la posibilidad de que exista un riesgo de infracción al derecho de autor ha detenido la asignación de presupuestos o a imposibilitado de otras maneras, la realización de proyectos dentro de estas instituciones.
Archivos y preservación digital
En el segundo día del ciclo, se realizó una conversación sobre preservación digital con entidades públicas y privadas, para dialogar sobre los retos de la preservación digital en Colombia. Si bien las conversaciones se plantearon relacionadas con el derecho de autor, en materia de preservación digital, el enfoque no fue tanto en la normativa del derecho de autor, sino más bien en otros dificultades que enfrenta el país que afecta las labores de preservación de documentos, obras y datos.
De acuerdo con los expertos de esta conversación, la preservación digital en Colombia existe legislación y políticas relacionadas con la preservación digital. No obstante, la normativa que existe en materia de preservación de documentos oficiales, registros, obras u otros, se encuentra muy atrás de los avances tecnológicos de la época actual. Por lo que para poder hablar de preservación digital aún es necesario abrir la discusión sobre las capacidades presupuestales y de infraestructura digital de la cual dispone el país para garantizar una preservación que proteja el patrimonio nacional y que mantenga de manera íntegra los materiales preservados. También se señalaron las dificultades en materias de costos del sostenimiento de infraestructuras y sistemas para la preservación.
Así mismo, se señaló que el país enfrenta otra dificultad en materia de capacitación de las personas que realizan archivística en contextos de mayor digitalización. Aquí se resaltó lo imperativo de conseguir capacitar a las entidades territoriales sobre la importancia de la preservación digital y también el papel de las instituciones educativas para formar profesionales que comprendan de manera sistémica los retos y oportunidades que traen consigo las nuevas tecnologías para la preservación.
En esta misma línea, los expertos invitados mencionaron que el sistema de preservación digital en el país carece de directrices articuladas y existen además, varios problemas de comunicación entre las entidades encargadas de administrar los archivos en nuestro país. Existe entonces una desarticulación en protocolos y estrategias de preservación que genera bastantes retos en un país con tantas desigualdades y necesidades diferenciales entre territorios. Uno de los puntos en los que convergieron la mayoría de los expertos en el panel, es que es imperativo construir planes de preservación digital que mantengan la sostenibilidad financiera y además, que consigan la colaboración y articulación de las entidades relacionadas con las labores archivísticas en el país.
Finalmente, en materia de preservación digital se reconoció que si bien el derecho de autor puede ser uno de los retos que enfrentan instituciones como los archivos nacionales o distritales, también queda por revisar la intersección entre la legislación sobre preservación y otras legislaciones, más allá del derecho de autor, como lo son las relacionadas con protección de datos.
Actividades de investigación: uso transfronterizo
En el tercer día del ciclo, se abrió la conversación sobre las excepciones y limitaciones para la investigación y el uso transfronterizo de obras. En este panel participaron personas investigadoras, entre las cuales estuvo un miembro del equipo de InternetLab y organización parte de la A2K Latam. La conversación se concentró en revisar las dificultades y problemáticas que traen los sistemas de derechos de autor muy rígidos para el desarrollo de la labor investigativa. ¿Qué concluyeron las personas invitadas del panel sobre la intersección del derecho de autor y la investigación en un mundo globalizado?
A lo largo de esta conversación se resaltó lo imperativo de construir sistemas de derechos de autor que permitan que el circuito de creación del conocimiento se mantenga y desarrolle de manera adecuada. De acuerdo con las personas expertas que participaron de esta conversación, el derecho de autor, especialmente para labores de investigación puede llegar a restringir ciertos usos de las obras que son necesarios para el desarrollo científico de un país.
Por lo que no generar excepciones y limitaciones que cobijen estas actividades de investigación, podría ir en detrimento de la innovación científica y podría generar asimetrías entre países que sí han legislado sobre la materia. El llamado general es a construir un entorno legal que equilibre la balanza entre los derechos de las personas autoras y que consiga garantizar el acceso a obras que sirven de insumo para la creación de más conocimiento.
El punto más relevante en esta conversación fue la necesidad de no solo constituir sistemas nacionales de derecho de autor lo suficientemente amplios y flexibles sino también promover la legislación internacional para asuntos como los usos transfronterizos. De acuerdo con lo que describieron en el panel, existen muchos casos en los cuales personas investigadoras de diferentes partes del mundo cooperan en investigaciones y comparten materiales en línea. No obstante, si bien esta acción puede ser legal en algunos territorios nacionales, en otros no es así.
La divergencia entre normativas pueden generar riesgos y restricciones que dificultan el trabajo colaborativo, en especial para aquellos países donde las legislaciones son más restrictivas o no contemplan determinados usos, debido a rezagos en el desarrollo de normativas adecuadas, como es el caso de los países latinoamericanos. Por lo tanto, procurar la transformación desarticulada de las legislaciones nacionales podría no ser tan efectivo como desarrollar instrumentos internacionales que establezcan usos permitidos de manera general.
Conclusiones
- La región latinoamericana tiene importantes rezagos en materia de legislación de excepciones y limitaciones que se adapten a las necesidades y demandas de las bibliotecas, museos y archivos en contextos de mayor digitalización.
- Las acciones de la sociedad civil son indispensables para impulsar los cambios legislativos que no se encuentran como prioridades en las agendas públicas actuales en la región de latinoamérica. La experiencia uruguaya y la brasileña demostraron que es importante avanzar en los procesos de exploración de convenios y usos no legislados, pero que no son ilegales, para aportar a las acciones de garantía de derechos culturales a nivel nacional.
- Colombia aún tiene pendiente la realización de la audiencia para revisar las excepciones y limitaciones existentes en derechos de autor y evaluar la ampliación de las mismas para que respondan al momento actual. Sin embargo, es importante que las instituciones como bibliotecas, museos y archivos cuyas actividades se ven afectadas por el derecho de autor, documenten de manera juiciosa aquellas problemáticas que enfrentan y los casos en los cuales, la legislación actual ha obstaculizado el desarrollo de proyectos que podrían beneficiar a las personas usuarias de sus servicios culturales.
- La incidencia en términos nacionales debe ir acompañada de acciones de incidencia internacional, dado que los entornos digitales y los diferentes usos de las obras demandan acuerdos a nivel internacional que cobijen determinados usos y además determinen instrumentos para equilibrar los sistemas de derecho de autor.
- Es probable que para actividades como la de preservación sea necesario estudiar y evaluar políticas públicas, que respondan a la relación entre legislaciones como la del derecho de autor, la protección de datos y la de patrimonio cultural. Desde Fundación Karisma, creemos que este proceso debe tener un enfoque de derechos humanos y en especial, se debe poner atención a la defensa de los derechos culturales de la ciudadanía colombiana.
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