Comentarios al proyecto de Código Electoral de 2020

2020-09-09 Leer en voz alta

Desde hace décadas,en Colombia, se han venido incorporado Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en los procesos electorales, pero estas no eran reconocidas en el marco legal y eso generaba una serie de problemas. Por eso es una buena noticia que el nuevo Código Electoral que se discutirá en el Congreso de Colombia aborde este problema.

En esta entrada, queremos compartirles nuestras primeras reflexiones y análisis sobre este tema e invitarles a seguir nuestras próximas publicaciones. Nos interesa sobre todo ver la forma como la ley integrará la tecnología en el proceso electoral. No solo se trata de ver la forma en que lo hará, también queremos establecer las garantías y resguardos que usará. Por ahora, empezamos por mencionarles que lo mínimo que esperamos que haga el legislador a la hora de hacer esa integración es que se guíe por tres principios fundamentales que recogen varias de las necesidades funcionales de una elección democrática: (1) el secreto del voto, (2) la integridad del voto, y (3) la transparencia y control electoral. La forma como esos principios se protegen con la incorporación de la tecnología será lo que nos ayude a medir su efectividad.

En Karisma creemos que se esos principios deben estar presentes en todos los procesos de la administración electoral, incluyendo:

  • Registro de partidos, candidatos y posibles votantes.
  • La emisión del voto que realizan las personas en los lugares establecidos.
  • El conteo de los votos en las mesas de votación para llenar las actas.
  • El del conteo provisional de los votos para informar a la opinión pública rápidamente; este conteo es de carácter informativo y no definitivo. 
  • El escrutinio oficial en el que se cuentan los votos en cada urna y se generan actas oficiales de cada mesa de votación. 
  • El proceso de totalización en el que se suman los votos de las actas arrancando con las actas de las mesas de votación y continuando a nivel local, regional y, finalmente, nacional, donde se centralizan los votos y se generan resultados totales.
  • Publicación de resultados oficiales. 
FIGURA INÉDITA PREPARADA PARA UN DOCUMENTO UNESCO QUE TIENE COMO CASO DE ESTUDIO COLOMBIA. Figura 1: Procesos cronológico del sistema electoral susceptible de incorporación de tecnologías. (Elaboración propia basada en CONICET, 2017).

En primer lugar, las elecciones democráticas requieren que se garantice el secreto del voto

Solamente la persona sufragante debe conocer el contenido del voto y debe ser imposible identificarla, en cualquier parte del proceso (1). Esto resulta especialmente problemático a nivel técnico, pues se requiere que los Organismos de Administración Electoral (en adelante OAE), en nuestro caso la Registraduría Nacional del Estado Civil (en adelante RNEC), confirme que solamente un voto fue emitido por cada persona validada para hacerlo, pero a su vez, garantizando la imposibilidad de identificar el contenido del voto (2).

En ese sentido, la incorporación de tecnologías representa un desafío para el secreto del voto y conforme se utilizan más cerca de la emisión del voto puede ser más riesgoso (3).

En segundo lugar, se requiere que los procesos electorales mantengan la integridad del voto

De forma simple, este requerimiento se refiere a que el voto se cuente tal y como fue emitido. En términos técnicos, es necesario capturar el voto de forma fehaciente, registrar el voto “tal como fue emitido” y sumar el voto como se registró (4). Este requerimiento resulta difícil de cumplir en términos tecnológicos, pues, la naturaleza oscura de los sistemas informáticos dificulta la búsqueda de errores o modificaciones en el proceso que va de la emisión del voto a la publicación de resultados (5).

En tercer lugar, la transparencia electoral es esencial para el funcionamiento y la inclusión de tecnologías de la información en elecciones

Este requerimiento se refiere a que, según la etapa del proceso, cualquier persona sin que requiera ningún tipo de experticia o disponibilidad tecnológica sea capaz de hacer seguimiento y control a la información sobre el proceso y los resultados. Debe haber transparencia en todas las etapas del proceso electoral cuidando de no comprometer el secreto del voto. Las tecnologías pueden poner una barrera cuando son cerradas, privativas e infranqueables como una caja negra (oscura) que recibe algo y genera resultados, sin que entendamos qué sucede en su interior (6).

En este primer acercamiento que estamos haciendo al proyecto de Código Electoral de 2020, podemos reconocer aspectos positivos de la forma como hace la incorporación de tecnologías:

1. El nuevo código electoral reconoce el uso de tecnologías y se propone regularlo. Establece que el software de escrutinios debe ser de propiedad de RNEC y que se debe promover que ese software sea de código abierto. Aunque  debería añadirse que todo software que se use en el proceso electoral, no solo al de escrutinios, debe estar bajo el control del Estado de modo que ninguna disposición contractual pueda evitar su control. 

2. El nuevo código incluye el secreto del voto, la integridad del voto y la transparencia electoral como ejes del proceso. Como ya vimos, estas son tres claves en la incorporación de la tecnología.

3. El nuevo código regula las dos formas de auditoría que la RNEC ha desarrollado en la práctica (sin reconocimiento legal) para los procesos en los últimos años, la de los simulacros y la de entrega de datos de resultados para control, incluso habla de una socialización del sistema cada vez que se incorpore uno nuevo en el proceso preelectoral. Este código reconoce que la tecnología requiere controles especiales, pero debe no solo prever ejercicios de observación -que son suficientes en procesos manuales- y realmente comprometerse con auditorías de sistemas.

4. También es positivo que el nuevo código incorpora tecnología para la fiscalización ciudadana y por parte de los actores interesados, con el fin de hacer seguimiento del proceso de escrutinio, es decir, automatiza el proceso de control sobre el escrutinio lo que facilitará su control y seguimiento para todos los actores políticos y ciudadanía en general. 

Con este marco, en los próximos días iremos publicando nuestros análisis en diferentes temas. Los dos primeros serán auditorías y voto electrónico, pero hay otros temas de interés como la identificación digital, la forma como se prevé el uso de biometría, la propaganda electoral o la forma como el código aborda el tema de datos personales. Tendremos varios análisis, así que ¡quédense conectados!. 

(1) CONICET, Análisis De Factibilidad En La Implementación De Tecnología En Diferentes Aspectos Y Etapas Del Proceso Electoral (Buenos Aires: CONICET, 2017), 6.

(2) Busaniche, Beatriz. “Voto Electrónico. Una Solución En Busca De Problemas.”,10 

(3) CONICET, Análisis De Factibilidad En La Implementación De Tecnología En Diferentes Aspectos Y Etapas Del Proceso Electoral (Buenos Aires: CONICET, 2017)

(4) CONICET, Análisis De Factibilidad En La Implementación De Tecnología En Diferentes Aspectos Y Etapas Del Proceso Electoral (Buenos Aires: CONICET, 2017)

(5) Busaniche, Beatriz. “Voto Electrónico. Una Solución En Busca De Problemas.”

(6) Busaniche, Beatriz. “Voto Electrónico. Una Solución En Busca De Problemas.”

Conoce aquí el listado actualizado de nuestras publicaciones sobre #AnálisisTécnicoNuevoCódigoElectoral

14 de septiembre: Auditorías de la tecnología que se usará en el proceso electoral

17 de septiembre: Autenticación biométrica obligatoria o el grave riesgo de negarle el voto a media Colombia

21 de septiembre: El nuevo Código Electoral y el articulito que dejaría desprotegidos los datos sobre nuestra identidad

29 de septiembre: Voto electrónico en Colombia, más riesgos que ventajas

 

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