Difusión de contenidos en internet y derechos para niñas, niños y adolescentes [Hilo Twitter]

2021-06-01 Leer en voz alta

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1/9 El día de hoy la Comisión Primera de la @CamaraColombia votará un proyecto de ley que tiene un fin loable: salvaguardar los derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA) en medio de la difusión de contenidos en internet que puedan afectar sus derechos, pero…

2/9 Promueve la censura previa. Permite que las autoridades restrinjan contenidos en cualquier medio -incluso Internet- que “potencialmente” pongan en riesgo a la niñez, infancia y adolescencia.

3/9 Promueve la censura directa. Crea comité de expertos que armará un catálogo de contenidos que lesionen los derechos de NNA “directa o indirectamente” para evitar su difusión. Catálogo que cubre todo lo que sucede en medios tradicionales e internet.

4/9 Se crea una alternativa de última hora: que el catálogo de contenidos lo decida el Congreso. Esto no resuelve el problema de fondo y es que exista un tercero que decida qué sí y qué no constituye una forma legítima o no de la expresión humana.

5/9 Sería desproporcionado. Su finalidad general parece loable, pero los medios para lograrlo no se corresponden con lo que se quiere. No se valoran medidas menos invasivas, ni se explica por qué las medidas propuestas son las únicas posibles.

6/9 Impone obligaciones excesivas a las empresas de internet. Son tantas y tan complicadas, que las empresas tendrían que monitorearnos y bloquear en exceso para evitar sanciones.

7/9 Sería ilegal. Es un proyecto que no está surtiendo el trámite dedicado a los que regulan el ejercicio de derechos fundamentales. Debió citarse una audiencia pública para que todas las personas pudieran expresar su parecer, no se hizo ni se hará por el afán del trámite.

8/9 No hay derechos absolutos, eso es claro. Pero la limitación de los derechos fundamentales debe seguir un trámite concreto para que sea legítima. Debe atender a razones precisas, revisar medidas menos invasivas para el logro del fin propuesto.

9/9 El proyecto de ley no atiende los mínimos democráticos de limitación para derechos fundamentales. A pesar de ello, su trámite continúa sin importar las alertas elevadas por organizaciones de la sociedad civil y personas expertas en derecho constitucional.

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