Drones. ¿Nos vigilan desde el aire?

2023-10-12 Leer en voz alta

También llamados vehículos aéreos no tripulados controlados remotamente

¿Es un pájaro? ¿Es un avión? ¿Es…Superman? ¡No! 

¡Es la nueva manera de vigilarnos desde el aire!

Los ves en el parque, en Instagram, en las reuniones con tus amigos. Este dispositivo que va por el aire puede sonar asombroso, y,  en algunos casos inofensivos, pero, en muchas ocasiones, no es así.

¿Los drones pueden ser peligrosos para mis derechos? ¿Por qué?

 Los vehículos aéreos no tripulados controlados remotamente tienen diferentes usos, pero cuando están en manos de la policía, suelen venir equipados con cámaras y podrían estar habilitados con tecnología de reconocimiento facial, altavoces, radares y herramientas de interceptación de comunicaciones –como los IMSI catchers– o de bloqueo de señales –como jammers–.

Los drones con cámara pueden utilizarse para vigilar y seguir a distancia los movimientos de los y las manifestantes. Cuando están equipados con tecnologías para interceptar comunicaciones, pueden utilizarse para vigilar, rastrear e intervenir sus llamadas y mensajes de texto (ver aparte de IMSI catchers) y, de igual forma, cuando están equipados con aparatos de bloqueo de señal pueden impedir la entrada y salida de comunicaciones (ver aparte de jammers). Los drones equipados con altavoces pueden usarse para dar órdenes, instrucciones o advertencias a quienes protestan. Por lo pronto, no tenemos noticia de que existan drones equipados con armamento en Colombia. 

Si salgo a protestar, ¿me verán desde el aire?

En 2019, la policía de Colombia adquirió drones, pero no tenemos certeza de sus características técnicas, sus capacidades y sus usos en el contexto de la protesta. Si los drones únicamente incorporan cámaras de vídeo, la única diferencia con las cámaras de vigilancia instaladas en las ciudades o las cámaras corporales, es la capacidad de seguir físicamente a sus objetivos sin la presencia física de agentes de policía. Si incorporan otras tecnologías como reconocimiento facial, IMSI catchers, jammers o armamento, suponen un riesgo a la privacidad, a la posibilidad de manifestarse anónimamente e incluso a la integridad física de la ciudadanía.

Los rumores son ciertos: los riesgos son reales

Con respecto a la capacidad de grabación de video y audio de los drones, nuestras preocupaciones son las mismas que con las cámaras corporales: no es claro cómo se almacena la información captada por las cámaras de los drones ni quién custodia los servidores. Además de lo anterior, los drones pueden volar a alturas en que es prácticamente imposible notar su presencia, lo que permite grabar a las personas sin que ellas lo sepan. 

Sin embargo, como los drones pueden estar equipados con otras tecnologías, nos preocupa que se utilicen sin que sea claro para la ciudadanía cuáles son sus alcances. Esto hace que la veeduría y el control sobre su uso sea mucho más difícil y especulativo. Finalmente, las denuncias de drones vigilando a personas activistas, políticas o manifestaciones coinciden en que estos vehículos controlados a distancia no están identificados y no es posible saber si pertenecen al Estado o a particulares. 

¿Qué proponemos desde Karisma?

  • Es necesario regular qué capacidades tienen los drones de la Policía y en qué contextos se pueden usar. Por ejemplo, en contextos de manifestaciones públicas, su uso pone en riesgo derechos fundamentales y no debe ser permitido.
  • Así mismo, los drones, tal como cualquier otro miembro y vehículo de la Policía, deben ser claramente identificables. Es decir, que deben portar luces específicas asociadas a la Policía y estar pintados con un color o insignia visible. Deben estar dotados de un número que haga posible su fácil identificación a distancia por parte de la ciudadanía. Esto permitiría además que las personas hagan efectivo sus derechos asociados con la Ley 1581 de 2012 sobre protección de datos.

A Continuación puedes acceder al informe completo


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