¿Cómo le fue a las regiones que desplegaron tecnologías para la covid-19?

2022-02-08 Leer en voz alta

Un análisis que va más allá de Medellín, Cali y Bogotá.

La Fundación Karisma y el Centro de Internet y Sociedad de la Universidad del Rosario (ISUR), con el patrocinio de la alianza Índice Derechos Digitales, lanzamos nuestro más reciente informe sobre el despliegue de tecnologías digitales para la covid-19 en cinco departamentos de Colombia: Atlántico, Boyacá, Caldas, Magdalena y Risaralda.

¿Por qué una investigación sobre tecnologías digitales para la covid-19 sobre estos departamentos? y ¿por qué ahora?

Desde el 2020 vimos cómo distintas autoridades regionales habían decidido desplegar tecnologías digitales para el control del tránsito de las personas y del contagio del virus durante los períodos más intensos de la cuarentena. Y los casos más comentados en medios de prensa fueron los de Medellín Me Cuida, GaboApp y Cali ValleCorona, pese a que en otros casos menos sonados ocurrió lo mismo: autoridades públicas lanzando por cuenta propia soluciones tecnológicas dirigidas al control de la pandemia.

Claro, cuando hablamos de tecnologías digitales en estos departamentos no estamos hablando de que haya habido una “CoronApp” en cada caso, sino de tecnologías menos sofisticadas que, sin duda, merecen el mismo nivel de escrutinio que el que se efectuó sobre dicha aplicación de alcance nacional. Y las preguntas sobre protección de datos, acceso a la información y legalidad de su lanzamiento debían poder ser formuladas, y eso fue lo que hicimos con esta investigación que publicamos ahora.

Nuestro interés fue llevar las mismas preocupaciones sobre estos tres ejes de análisis a las regiones con el ánimo de insistir, así como lo hicimos sobre esos otros casos que recibieron mayor atención, en la necesidad de ccumplir con los estándares y reglas que orientan la limitación de derechos fundamentales y protección de las personas especialmente en escenarios de emergencia sanitaria.

¿De qué va el informe?

En nuestro informe revisamos qué tan apegado a los derechos a la protección de datos, acceso a la información y requisitos de legalidad, fue el despliegue de las tecnologías digitales para la covid-19 en cada departamento. Y lo hicimos revisando lo que dijo cada autoridad que hacía sobre cada aspecto, sin entrar al análisis técnico de cómo lo hacían en verdad…

Así, en la primera parte de nuestro informe analizamos dos cuestiones de contexto: los estándares legales vigentes sobre estos derechos, así como el alcance e impacto de la brecha digital en las cinco regiones.

En este apartado concluimos que distintos marcos legales regulan el ejercicio de derechos incluso en tiempos de emergencia, y que las autoridades no se encuentran exceptuadas de su respeto y cumplimiento. También, pudimos reconocer, echando mano de distintas estadísticas, que para el despliegue de tecnologías digitales, cualquiera que sea su tipo y finalidad, las autoridades deben tener consciencia de las limitaciones que las personas tienen para acceder a las tecnologías y de la exclusión que esto puede llegar a significar sobre la población desconectada a internet.

En la segunda parte revisamos de cerca qué hizo cada autoridad en el despliegue de su solución tecnológica (que va desde formularios web hasta aplicaciones móviles propias).

Por ejemplo, sobre protección de datos vimos si cada herramienta contaba con una política de protección de datos clara, accesible, y que especificara por cuánto tiempo serían tratados los datos recogidos a propósito de cada herramienta (¡lo mínimo!). Analizamos cuántos datos se recogían (y cuáles eran más sensibles que otros), y si se pedía a las personas autorización expresa en su tratamiento, vimos si su uso y registro era o no voluntario, entre otros. Lo mismo hicimos en materia de acceso a la información, y cumplimiento de requisitos de legalidad para su despliegue y lanzamiento.

Nuestro balance, en resumen, indica que todavía falta mucho (muchísimo) para que los aspectos mínimos en materia de protección de datos, acceso a la información y legalidad se cumplan. Fue común, por ejemplo, que la pandemia y la urgencia asociada a las actuaciones de las autoridades públicas fuera la razón para no haber puesto en marcha una política de tratamiento de la información propia para cada herramienta, o para no haber informado (incluso con posterioridad) sobre su efectividad o impacto.

Seguimos sin entender, por ejemplo, por qué varias herramientas desplegadas para controlar el tránsito durante cuarentenas siguen activas ¿por qué, si en Colombia el encierro de la población ya no es una alternativa viable para el manejo de la pandemia? Tampoco conocemos, por ausencia de información al respecto, por qué no se han efectuado análisis de impacto en derechos humanos con posterioridad a su lanzamiento.

En la tercera parte formulamos distintas recomendaciones sobre lo que hallamos. Allí, apuntamos, en general, a insistir en el cumplimiento de la ley, de los requisitos que ya hay para la limitación de derechos y que deberían ser aplicados con o sin pandemia de por medio.

Les invitamos a revisar nuestro informe, a navegar en su contenido y escribirnos en caso de que tengan algun comentario o sugerencia a carobotero@karisma.org.co.

Informe Tecnologías digitales para la pandemia: ¿qué hicieron las regiones?

Anexo Estándares en derechos humanos y marco legal interno: obligaciones vigentes durante la pandemia

Anexo Tecnologías para la pandemia: funcionalidades y brecha digital en las regiones


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