La Corte Constitucional nos convocó a una audiencia pública sobre neutralidad en la red

2022-12-23 Leer en voz alta

Como les contamos antes, en la Corte Constitucional se tramita una demanda en contra del artículo 56 de la Ley 1450 de 2011. Dentro de ese proceso, Karisma, junto a otros expertos fue convocado a una audiencia pública para explicar los efectos de la norma y proponer alternativas de solución.

En ese contexto, hicimos parte de la audiencia y enviamos un memorial en el que dimos respuesta a los interrogantes planteados.  Allí reiteramos que la neutralidad de la red es el principio que hace que las empresas que conectan a Internet (como Claro, Tigo o Movistar) deban tratar contenidos, sitios y servicios sin discriminarlos ni restringirlos. Cuando los operadores son neutrales frente a los contenidos de internet, se refuerzan los derechos a la libertad de expresión, acceso a la educación y a la cultura, entre otros. La neutralidad de la red también es cuestión de protección de derechos humanos.

Es por eso que resultan inconstitucionales las normas que habilitan prácticas que deben como: (1) el acceso gratis a aplicaciones que los operadores eligen, (2) la integración vertical y (3) los datos patrocinados.

Para Karisma no todos los planes de zero rating limitan el acceso a internet y al derecho a acceder a la información y la cultura. Por eso pedimos declarar la constitucionalidad condicionada, evitando los planes que pueden impactar negativamente la libertad de expresión.

En “Neutralidad de la red y ofertas comerciales en Colombia. Análisis de la regulación” (2017) ya presentamos este panorama y pidió que el principio de neutralidad se defendiera evitando los planes que afectan la libertad de expresión. Acá pueden leerlo: https://bit.ly/3hVzPfF

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